jueves, 7 de febrero de 2019

Enhorabuena a los compañeros/as de Podemos-Extremadura por sus esfuerzos para frenar el aumento de la ludopatía. A partir de ahora, en Extremadura, las casas de apuestas tendrán que estar a una distancia mínima de 300 metros de los centros educativos.

Las casas de apuestas deberán estar a más de 300 metros de los colegios

Salón de apuestas deportivas en Mérida; a la derecha, colegio Cervantes. :: /BRÍGIDO
Salón de apuestas deportivas en Mérida; a la derecha, colegio Cervantes. :: / BRÍGIDO

El Gobierno regional aprueba un decreto-ley para combatir la proliferación de estos locales y proteger a los menores

A finales del pasado año había 114 locales autorizados para realizar apuestas repartidos por 37 localidades y pertenecientes a cinco empresas del sector. El crecimiento ha sido exponencial en los últimos años, ya que en 2014 había 14 establecimientos de apuestas integrados en salones o bingos, y en 2015 se autorizó la apertura de 19 locales más, con la novedad de que seis de ellos estaban preparados específicamente para esta actividad. En Extremadura su actividad está regulada por una ley de 1998, que fue modificada en 2012 tras la aprobación de una norma estatal destinada a adaptar la legislación ante el crecimiento de las apuestas por Internet y las vinculadas a pruebas deportivas.
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En los últimos años esta actividad ha tenido un gran crecimiento en la región, lo que ha generado preocupación por el efecto que pueda tener entre jugadores en rehabilitación por problemas de ludopatía y entre menores y jóvenes, especialmente por su instalación junto a centros educativos.
La nueva norma autonómica pretende combatir ese problema, tal como ya han hecho otras comunidades autónomas. Sus objetivos son promover la protección de los sectores más vulnerables, especialmente de los menores, los jóvenes y adolescentes; evitar hábitos y conductas patológicas; garantizar la defensa de los consumidores; ponderar las repercusiones sociales, económicas y tributarias del juego (que genera importantes ingresos a las arcas regionales); y reducir, diversificar y no fomentar el hábito de juego.
Entre otras cuestiones, se establece que la distancia mínima entre los establecimientos y los centros públicos y privados de educación preescolar, centros públicos o privados de enseñanzas educativas oficiales y centros de enseñanza no universitaria y universitaria será de 300 metros (de puerta a puerta).
Asimismo, la distancia mínima entre los establecimientos de este tipo, en los núcleos urbanos, será de 250 metros (de puerta a puerta), con lo que se pretende combatir la concentración de locales.

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